Términos y Condiciones Generales de Préstamo Bnext

Denominación social: Marcandita, S.L.

Domicilio social: Calle Zurbano 71, 28010 MADRID (ESPAÑA)

Número CIF: B-87583217

Registrado en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 34.884, Folio 25, Hoja M-627396, Inscripción 1ª.

Email: loans@bnext.es

Página Web: www.bnext.es

Las presentes condiciones recogen los términos y condiciones aplicables a la contratación de un préstamo al consumo concedido por Marcandita, S.L (en adelante, el "Acreedor" o "Bnext") a sus clientes (en adelante, los "Términos Generales"). Los Términos Generales, las Condiciones Particulares y en el Anexo I de orden de domiciliación del adeudo directo SEPA serán denominados conjuntamente como el "Contrato".

1. TÉRMINOS Y DEFINICIONES

En los presentes Términos Generales, los siguientes términos tendrán el significado que se les atribuye a continuación:

2. OBJETO

Por la presente, el Acreedor ofrece al Deudor la contratación de un préstamo tras la realización por el Deudor de una Solicitud de Préstamo a través de la App Bnext.

El Deudor será responsable del cumplimiento de los términos de la App Bnext y de otra índole aplicable al Préstamo, de la devolución del Préstamo dispuesto, así como de los Gastos del Préstamo y los Intereses del Préstamo correspondientes.

3. ACCESO A LA INFORMACIÓN DE LOS TÉRMINOS DEL CONTRATO

El Modelo de Información Normalizada Europea (que incorpora la información detallada en los artículos 10 y 12 de la LCCC) se encuentra a entera disposición del Deudor en la App Bnext y se ha remitido al Deudor inmediatamente tras la recepción de la Solicitud de Préstamo.

El Modelo de Información Normalizada Europea, formará parte integrante de estos Términos Generales y queda adjunto como Anexo a los mismos.

El Acreedor reconoce el derecho del Deudor, cuando éste así lo solicite, tras la celebración del Contrato de Préstamo, a obtener la documentación correspondiente al Contrato de Préstamo, de los presentes Términos Generales así como las Condiciones Particulares en soporte duradero en la App Bnext al objeto de que el Deudor pueda recuperarla fácilmente durante un período de tiempo adecuado para los fines para los que se destina la información y que le permite la reproducción sin cambios de la información almacenada.

4. SOLICITUD Y, EN SU CASO, CONCESIÓN DEL PRÉSTAMO

El Contrato de Préstamo se celebra a distancia, formulándose la oferta y aceptación y por tanto perfeccionándose el Contrato de Préstamo en la forma habilitada en la App Bnext por el Acreedor.

El presente Contrato es vinculante para el Deudor desde su aceptación expresa de acuerdo a lo señalado en el párrafo anterior, si bien se perfecciona, y por tanto únicamente entra en vigor, cuando además el Acreedor haya emitido la Decisión de Préstamo positiva.

El Acreedor ha tomado la Decisión del Préstamo en base a la información y documentación proporcionada por el Deudor al efectuar la Solicitud de Préstamo. En particular, el Deudor ha proporcionado al Acreedor: (i) copia de su DNI o documento identificativo suficiente a satisfacción del Acreedor, (ii) los datos transaccionales de tu cuenta gestionada a través de la App Bnext, (iii) toda la información proporcionada en el registro en la App Bnext, (iv) los datos contenidos en su declaración de la renta de las personas físicas, y (v) un número de cuenta IBAN española (la “Cuenta del Deudor” o “Cuenta”). El Acreedor no está obligado a justificar ninguna Decisión de Préstamo positiva ni negativa.

El Deudor será responsable de la exactitud de la información y documentación proporcionada en la Solicitud de Préstamo y en el registro en la App Bnext. Sin perjuicio de lo anterior, el Acreedor se reserva el derecho de reclamar al Deudor la información y documentación relativa a su identificación y solvencia que considere necesaria.

Al formular la Solicitud de Préstamo de forma electrónica, el Deudor autoriza al Acreedor para que obtenga de terceros información relevante para el Contrato de Préstamo, y acepta que pueda comprobarse su historial de crédito con los registros de créditos públicos y/o privados.

Con este mismo fin, el Acreedor podrá consultar en los ficheros de solvencia patrimonial y crédito (en particular, las bases de datos de Experian Bureau de Crédito, S.A. y el Centro de Cooperación Interbancaria) y éste se compromete a informar a los mismos del derecho que le asiste a efectuar esta consulta al amparo de la normativa de protección de datos.

5. IMPORTE DEL PRÉSTAMO

El Importe del Préstamo se establece en las Condiciones Particulares, si bien nunca podrá ser superior a 1.000,00 €.

Para la delimitación del Importe del Préstamo, Bnext tendrá en cuenta, entre otros factores, el importe de la devolución que, en su caso, el Deudor reciba tras su la liquidación del impuesto sobre la renta de las personas físicas. En este sentido, el Importe del Préstamo coincidirá con la cuantía a devolver cuando ésta se halle entre doscientos (200) y mil (1.000) euros, con el límite máximo de mil (1.000) euros.

6. DISPOSICIÓN DEL PRÉSTAMO

El Acreedor transferirá a la Cuenta del Deudor el Importe del Préstamo concedido en la fecha indicada en las Condiciones Particulares, con deducción de los Gastos del Préstamo.

7. INTERESES Y GASTOS DEL PRÉSTAMO

En relación con el Contrato de Préstamo, el Deudor pagará, además del Importe del Préstamo, tanto el Interés del Préstamo como los Gastos del Préstamo acordados en las Condiciones Particulares.

Los intereses cobrados consistirán en el tipo de interés nominal descrito en las Condiciones Particulares.

La obligación del Deudor de pagar los intereses en relación con el Préstamo comenzará en la fecha en la que la disposición del Importe del Préstamo se haga efectiva en la manera convenida en la Cláusula 5 anterior. Los intereses se calcularán de acuerdo con los días reales usando el número 365 como divisor. Cualquier modificación en el tipo de interés aplicable se deberá notificar al Deudor de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 17.

8. DURACIÓN DEL PRÉSTAMO

El Préstamo tendrá la duración establecida en las Condiciones Particulares, a contar desde el día siguiente al que Bnext ordene la transferencia a la Cuenta del Deudor el Importe del Préstamo.

9. AMORTIZACIÓN DEL PRÉSTAMO

El Importe del Préstamo deberá amortizarse mediante el pago de una única cuota, que se abonará en el momento de terminación del Préstamo de acuerdo a lo señalado en las Condiciones Particulares, la cual incluirá todos los Intereses del Préstamo correspondientes de acuerdo a lo señalado en las Condiciones Particulares. Cuando la referida fecha de pago coincida con un día considerado como inhábil, el pago deberá efectuarse el día hábil inmediatamente siguiente en la ciudad de Madrid.

El pago de la cuota única se realizará mediante el adeudo en la Cuenta del Deudor. El Deudor autoriza a Bnext a enviar instrucciones al banco del Deudor con el fin de realizar débitos a su Cuenta que se correspondan con la cuota de amortización estipulada en este Contrato a través de una orden de domiciliación de adeudo directo SEPA. Dicha orden de domiciliación estará contenida en un documento adjunto al presente Contrato como Anexo I.

El Deudor se compromete a asegurarse de que su Cuenta tenga fondos suficientes en las fechas en las que las instrucciones de débito deban ser remitidas por Bnext de acuerdo con lo dispuesto en este Contrato.

La falta de recepción por el Deudor de la solicitud de pago por el Acreedor por cualquier motivo, no exime al Deudor de la obligación de pago en la fecha pactada.

10. PENALIZACIÓN POR IMPAGO Y MORA

El impago, a su vencimiento, de cualquier cantidad dispuesta en virtud del Préstamo, así como de los Intereses y Gastos del Préstamo relacionados, facultará al Acreedor para exigir al Deudor, además del importe impagado, unos intereses de demora del 18% anual que se devenga diariamente sobre el importe impagado desde el día en que fue debido, así como los gastos ocasionados por el impago del Préstamo y sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, entre otras, la inclusión de sus datos en ficheros de solvencia patrimonial y de crédito.

Cualquier cantidad que reciba el Acreedor, una vez vencido el pago de la cuota del Contrato de Préstamo se imputará, en primer lugar, a los costes de cobro de la deuda; en segundo lugar, a los intereses devengados y al principal del Préstamo y, en tercer lugar, a las penalizaciones.

11. DERECHO DE DESISTIMIENTO

De acuerdo con el artículo 28 de la LCCC, el Deudor tendrá derecho a desistir del Contrato en los catorce (14) días naturales siguientes a la perfección del Contrato de Préstamo sin tener que indicar ninguna razón y sin ningún cargo. La notificación del desistimiento deberá enviarse mediante correo electrónico desde la dirección de correo electrónico de registro en la App Bnext a la dirección indicada en el encabezamiento de estos Términos Generales, junto con una copia del documento nacional del Deudor y una copia de este contrato conforme fue enviado al Deudor, como forma de acreditar la identidad del Deudor. El Deudor deberá devolver al Acreedor cualquier cantidad que hubiera recibido de éste con anterioridad al ejercicio de su derecho de desistimiento y el interés acumulado sobre dicho capital, si lo hubiere, entre la fecha de disposición y la fecha de reembolso del capital. Dichas cantidades deberán devolverse al Acreedor a la mayor brevedad y, en todo caso, en el plazo máximo de treinta (30) días naturales a contar desde la fecha de la notificación del desistimiento.

12. CESIÓN DE DERECHOS

El Acreedor tendrá derecho a ceder, sujeto a la notificación previa por escrito al Deudor, el Contrato de Préstamo suscrito conforme a estos Términos Generales junto con todos los derechos y obligaciones derivados del mismo a una tercera parte. El Deudor no tendrá derecho a ceder sus derechos y obligaciones a una tercera parte.

13. INFORMES DE IMPAGOS EN EL REGISTRO DE CRÉDITOS

El Acreedor tendrá derecho a informar, y el controlador del registro tendrá derecho a inscribir cualquier impago en el registro de créditos, si el Deudor se retrasa en un pago más de 30 días naturales desde la fecha de pago acordada y si, paralelamente, han pasado al menos tres semanas desde que se le envió el recordatorio de pago al Deudor informándole de la posibilidad de inscribir un impago.

14. AMORTIZACIÓN ANTICIPADA, CANCELACIÓN Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO

El Deudor tendrá derecho a pagar en concepto de amortización anticipada la suma total o parcial del Contrato de Préstamo antes de la fecha de vencimiento notificándole a Bnext, mediante correo electrónico enviado desde la dirección de correo registrada del Deudor en la App Bnext a la dirección de correo incluida al principio de este Contrato, indicando el importe que va a amortizar anticipadamente y la fecha en que va a hacerlo, y adjuntando copia del documento de identidad del Deudor y copia de este Contrato, por cuanto resulta necesario para verificar la identidad del Deudor y para identificar las cantidades recibidas por el Acreedor con este Contrato. Las Condiciones Particulares podrán incluir el pago a cargo del Deudor de comisiones y/o gastos por este concepto.

El pago de cantidades en concepto de amortización anticipada se hará mediante transferencia bancaria a la cuenta de Bnext ES4400817306620001240531. El pago de las amortizaciones anticipadas se considerará realizado una vez figure como recibido por el Acreedor.

Las partes tendrán derecho a resolver el presente Contrato en caso de incumplimiento por la otra parte. Entre las causas de incumplimiento sustancial del Deudor, se incluirá, sin carácter limitativo,

En caso de incumplimiento por el Deudor, el Acreedor podrá declarar la amortización anticipada del Préstamo y el Préstamo será inmediatamente exigible en su totalidad.

En caso de fallecimiento del Deudor, se producirá la amortización anticipada del Préstamo de forma automática y el Préstamo será inmediatamente exigible en su totalidad.

15. COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES

A menos que se haya acordado otra cosa en el presente Contrato, el Acreedor efectuará las comunicaciones correspondientes al Deudor por escrito por medio de correo electrónico o través de la App Bnext.

El Deudor deberá efectuar las comunicaciones correspondientes al Acreedor en relación con cualquier asunto relacionado con el presente contrato por escrito a la dirección loans@bnext.es.

16. OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN DEL DEUDOR

El Deudor deberá notificar de forma inmediata los cambios en la información de contacto al Acreedor. Si el Deudor no comunica que han cambiado sus datos de contacto y el Acreedor necesitara esta información para la facturación y para el servicio de atención al cliente relacionado con el Contrato, el Acreedor tendrá derecho a obtener del Deudor la información de contacto modificada.

A petición del Acreedor, el Deudor proporcionará en cualquier momento la información pertinente sobre su situación financiera o cualquier otra información que afecte a la relación crediticia, y que sea necesaria para la relación crediticia.

17. MODIFICACIÓN DE LOS TÉRMINOS DEL CONTRATO

El Acreedor tendrá derecho a modificar el presente Contrato. El Acreedor comunicará los cambios en el Contrato de la siguiente forma:

El Acreedor podrá modificar las condiciones del Contrato de acuerdo con los siguientes términos: si la modificación del contrato o sus términos no aumentan las obligaciones del Deudor o no reducen sus derechos, o si la modificación es atribuible a cambios legislativos, al tipo de interés de referencia o a alguna orden oficial, el Acreedor tendrá derecho a anunciar esta modificación publicándola en su Página Web o en la App Bnext. En ese caso, la modificación entrará en vigor en el momento estipulado por el Acreedor. Sin embargo, si una modificación o sus términos aumentan las obligaciones del Deudor o reducen sus derechos y no es atribuible a cambios legislativos o a alguna orden oficial, el Acreedor anunciará dicha modificación y el Deudor deberá aceptarla expresamente, ya sea electrónicamente o por escrito. En este caso, la modificación entrará en vigor en el momento estipulado por el Acreedor, pero no antes del plazo de un (1) mes tras el anuncio. Si el Deudor no acepta los términos modificados, el Acreedor tendrá derecho a terminar el Contrato sin que por la mera terminación tenga el Acreedor derecho a realizar ningún cargo al Deudor.

18. FUERZA MAYOR

Ninguna de las partes será responsable del daño o retraso causado por acciones de las autoridades, por huelgas, cierres patronales, guerra, alteración de los sistemas de pago o de los servicios de telecomunicaciones, o por cualquier otro factor que sea considerado de fuerza mayor, y en el que dicha parte no hubiese podido influir.

19. PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS, COOKIES

El Acreedor tratará los datos del Deudor (terceros proveedores de información podrán facilitar al Acreedor cierta información) con la principal finalidad de comprobar la solvencia del Deudor (téngase en cuenta que se toman decisiones automatizadas), gestionar la relación, actividades de marketing y con finalidades estadísticas y analíticas en base a (i) la ejecución de un contrato, (ii) la ejecución de medidas precontractuales, (iii) el cumplimiento de obligaciones legales o (iv) el consentimiento del Deudor. Los datos personales del Deudor no serán transferidos, ni siquiera fuera del Espacio Económico Europeo, salvo que lo requieran las autoridades competentes. El Deudor tiene ciertos derechos respecto del tratamiento de sus datos.

El Acreedor procesará los datos personales del Deudor. La mayor parte de la información se recoge directamente del Deudor, pero cierta información (la dirección de los consumidores) será recogida por el Acreedor a través de los proveedores de información profesional facultados a proporcionar dicha información.

Es obligatorio que el Deudor proporcione al Acreedor ciertos datos personales. De lo contrario, el cumplimiento del contrato no sería posible.

El abuso de los datos personales podrá ser denunciado a la policía por el Deudor.

La finalidad del tratamiento de los datos personales por el Acreedor es cumplir el Contrato de Préstamo, proceder a la identificación y calificación crediticia del consumidor, la evaluación de riesgos, el desarrollo de los servicios del Acreedor, con el fin de utilizar las relaciones con el cliente, el marketing y las estadísticas y análisis internos. En caso de ser necesario, para investigar el fraude y abuso de los servicios del Acreedor, éste también podrá utilizar la información disponible en Internet con fines de identificación. Lo anterior, sobre la base de la ejecución del Contrato de Préstamo, con el fin de tomar medidas a petición del Deudor antes de celebrar el contrato referido, sobre la base de la obligación del Acreedor de cumplir con sus obligaciones legales o con el consentimiento del Deudor.

Es necesario tener en cuenta el Acreedor toma decisiones automáticas sobre la concesión o no de un préstamo a consumidores en función de su calificación crediticia. Si el Deudor ha sido incluido en una lista negra de crédito, el Acreedor no le concederá un préstamo.

Los datos personales del Deudor podrán transferirse a las autoridades competentes que los soliciten, de conformidad con las obligaciones legales del Acreedor y, en su caso, a las bases de datos de solvencia o a las listas negras de crédito enumeradas en el contrato, en caso de que el Deudor incumpla sus obligaciones de pago, basándose en el interés legítimo del Acreedor de intentar recuperar el dinero prestado.

El Acreedor conservará los datos personales del Deudor durante las actividades de calificación crediticia y, en su caso, durante la validez del contrato y durante un período adicional con el fin de cumplir sus objetivos comerciales o para cumplir con la legislación aplicable, los requisitos de auditoría, los requisitos reglamentarios o las órdenes de los tribunales competentes.

El Deudor podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, limitación de la finalidad y portabilidad de los datos en cualquier momento, dirigiendo una solicitud por escrito a arco@bnext.es. Si el Deudor considera que el Acreedor no ha atendido debidamente el ejercicio de sus derechos, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (http://www.aepd.es).

20. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El Contrato de Préstamo se regirá por las leyes de España. Los tribunales de España donde el Deudor está domiciliado tendrán jurisdicción para resolver cualquier disputa que surja o esté relacionada con el Contrato de Préstamo.

Asimismo, en virtud de lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 524/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo a la resolución de litigios en línea en materia de consumo, le informamos que, en caso de cualquier controversia relacionado con el Contrato podrá acudir a la “Plataforma Online de Resolución de Conflictos” que ha desarrollado la Comisión Europea a la que podrá acceder a través del siguiente enlace: http://ec.europa.eu/consumers/odr/

Estos Términos Generales son válidos a partir del 22 de junio de 2020. Estos términos no pretenden restringir los derechos legales del Deudor.